dilluns, 15 de juny del 2009

Més reaccions al conveni. Interpretació d'articles i altres.

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Circular informativa del sindicat Agrupació d'Independents amb opinions
sobre diversos punts del conveni.


Debido a la formula escogida por la Administración, a petición de CC.OO, que condicionaba la firma del Convenio a la ausencia de este sindicato (Agrupació d’Independents) en las negociaciones del Convenio. Sindicato representativo en la Junta de Personal y el Comité de Empresa del Ayuntamiento de Barcelona.

Una vez aprobado sin la participación en la negociación de este sindicato por el Pleno Municipal del Ayuntamiento en fecha 29 de Mayo de 2009, a finales del presente mes de junio 2009 procederemos a cobrar los correspondientes atrasos económicos.

Facilitada una copia del convenio aprobado por el pleno del Ayuntamiento a l'AGRUPACIÓ D'INDEPENDENTS, Sindicat de l’Ajuntament, desea hacer públicas a todos los compañeros entre otras las siguientes reflexiones:

1. Porqué se han dejado tantos artículos del convenio por interpretar por parte de los Sindicatos y SI por parte de la Administración?....pondremos por ejemplo: Jornada (art.11 y 12), Horario (art. 13. en toda su extensión y en especial el apartado 5, 6, y 7), Vacaciones (el tema de los dos días de reserva por periodo a disfrutar en fechas elegidas por el trabajador), Permisos y Licencias, arti.15 (en especial el apartado 2), art. 30 (en especial el 30.2), y así podríamos continuar un largo etc.

2. Porqué no se ha negociado en el actual convenio poder seguir con la"CLAUSULA DE GARANTÍA -AD PERSONAM- que desde el Convenio de 1987-88 se garantizaba, y cuyo texto era el siguiente?: "SE RESPETÁN AQUELLAS SITUACIONES PERSONALES QUE CON CARÁCTER GLOBAL EXCEDAN DE LO PACTADO, MANTENIÉNDOSE ESTRICTAMENTE "AD PERSONAM" EL RESPETO A LOS DERECHOS ADQUIRIDOS. Cualquier contrato, acuerdo o disposición posterior que no vulnere el ordenamiento jurídico mas favorable prevalecerá sobre lo aquí establecido".

3. SIN ESTA CLAÚSULA DE GARANTIA, GRACIAS A LOS NEGOCIADORES, SE HAN PERDIDO LOS DERECHOS ADQUIRIDOS.

4. Porqué no se incluyen en los atrasos del 2008, el 2,2% en los TRIENIOS, ni tampoco el 1% del 2009 en los mismos ?

5. Porqué no se incluye el 2,2% y el 1% del 2008 y 2009 respectivamente en las horas extraordinarias?

6. Si el convenio rige desde el día 1 de enero del 2008, porqué ningún firmante del convenio hace mención de los 3 días de vacaciones que, por el cambio de sistema de un mes natural a 23 DIAS LABORABLES, se adeudan a todo aquel que hizo las vacaciones en los meses de agosto, septiembre o coincidentes con estos en el 2008?

Parece que, en este Convenio, después de tantísimo tiempo transcurrido en proceder a su firma y posterior aprobación, no se haya tenido en cuenta ni en lo mas mínimo los intereses de los trabajadores y hayan primado otras cuestiones que se escapan a la percepción por parte de este Sindicato, el cual a pesar de tener representación en la Junta de Personal y Comité de Empresa, se le PRIVÓ DE ESTAR EN DICHAS NEGOCIACIONES, a las cuales teníamos derecho con VOZ PERO SIN VOTO, para trasladar la información al colectivo de trabajadores de este Ayuntamiento de la marcha del citado convenio.
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